SCJN reconoce diferencias entre el poliamor y matrimonio

La Primera Sala de la SCJN dictaminó que el poliamor no puede regularse bajo las mismas leyes que el matrimonio y el concubinato en México, después de que un hombre en Puebla buscara reconocimiento legal para su relación con dos personas. Aunque la decisión no implica una prohibición del poliamor, sugiere que las relaciones poliamorosas necesitan un marco legal distinto al matrimonio y concubinato tradicionales debido a sus diferencias en obligaciones y estructuras, por lo que en el futuro, después de un marco legal que lo regule, las relaciones poliamorosas podrían contraer matrimonio.

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